En el mundo del marketing sensorial, las marcas buscan conectar con los consumidores a través de los cinco sentidos. No solo se trata de un logotipo o un eslogan: el olor también puede ser una poderosa herramienta para generar identidad, emociones y recuerdos.
¿Te imaginas que el aroma de tu producto fuera tan distintivo que las personas lo reconocieran sin necesidad de verlo? En México, eso ya es posible gracias a una figura poco conocida: las marcas olfativas.
Aunque todavía son poco comunes, las marcas olfativas representan una frontera innovadora dentro de la propiedad industrial y ofrecen una nueva forma de proteger elementos sensoriales únicos. En este artículo te explicamos qué son, cómo se registran ante el IMPI (Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial), qué requisitos deben cumplir y si realmente vale la pena registrar un aroma.
¿Qué es una marca olfativa?
Una marca olfativa es un tipo de marca no tradicional que utiliza un aroma como elemento distintivo de un producto o servicio. En lugar de basarse en un nombre, palabra o logotipo, la marca se apoya en un olor que los consumidores asocian directamente con una empresa o artículo específico.
Su objetivo es el mismo que el de cualquier otra marca: diferenciar productos o servicios en el mercado. Sin embargo, lo hace a través del sentido del olfato, generando una conexión emocional más profunda y duradera con el consumidor.
Ejemplos internacionales famosos:
- El aroma a pasto recién cortado registrado para las pelotas de tenis de la marca Vennootschap onder Firma Senta Aromatic Marketing.
- El olor a vainilla utilizado en papel o papelería por algunas marcas de lujo.
- En el ámbito de la perfumería, hay intentos de registrar composiciones aromáticas específicas, aunque suelen enfrentarse a mayores retos por su carácter funcional.
En México, el reconocimiento de las marcas olfativas se formalizó con las reformas a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial en 2018, cuando se incorporaron las “marcas no tradicionales”, que incluyen también marcas tridimensionales, sonoras y holográficas.
¿Cuáles son los requisitos para registrar un aroma?
No cualquier olor puede ser registrado como marca. El IMPI establece criterios específicos para aceptar una marca olfativa y asegurar que sea realmente distintiva y no simplemente un componente funcional del producto.
Los principales requisitos son:
1. Debe ser distintivo
El aroma debe permitir que el público identifique el origen empresarial de los productos o servicios. En otras palabras, el olor tiene que funcionar como un signo distintivo, no solo como un elemento decorativo o complementario.
2. No puede ser funcional
Un olor que derive de la naturaleza del producto o que sea necesario para su uso no puede registrarse.
Por ejemplo:
- No sería registrable el olor a chocolate en un pastel.
- Pero sí podría registrarse un aroma artificial aplicado a un producto que normalmente no huele así, como una pluma con olor a fresa.
3. Debe poder describirse y representarse objetivamente
Uno de los mayores retos de las marcas olfativas es su representación gráfica, ya que el IMPI requiere una descripción clara del aroma que permita identificarlo sin ambigüedades.
Esto puede lograrse mediante:
- Una descripción detallada del olor en lenguaje técnico (por ejemplo, “aroma artificial a rosas con notas de cedro”).
- Un análisis químico o fórmula olfativa, cuando sea posible.
4. No debe ser necesario para el producto
El aroma no puede tener una función técnica o práctica dentro del artículo. Su propósito debe ser identificar la marca, no mejorar el producto.
¿Qué productos pueden tener marcas olfativas?
Las marcas olfativas pueden aplicarse a una amplia variedad de productos, especialmente aquellos en los que el olor no es parte natural de su composición o uso.
Algunos ejemplos de categorías comunes son:
- Juguetes: pelotas, muñecos o productos que incluyan aromas distintivos.
- Papelería y artículos escolares: plumas, libretas o marcadores con olores característicos.
- Textiles y prendas: telas perfumadas con fragancias exclusivas.
- Cosméticos y productos de cuidado personal: siempre que el aroma no sea parte funcional del producto (por ejemplo, un perfume no puede registrarse como marca olfativa).
- Materiales publicitarios: empaques o etiquetas con fragancias particulares.
El límite principal es que el olor no puede confundir al consumidor ni tener una finalidad técnica, sino únicamente distintiva.
¿Cómo se registra una marca olfativa ante el IMPI?
Aunque el procedimiento general es similar al de cualquier otra marca, el registro de una marca olfativa incluye pasos y requisitos adicionales para garantizar que el olor sea descrito de manera precisa y verificable.
1. Presentar la solicitud
La solicitud se realiza ante el IMPI, indicando que se trata de una marca no tradicional, categoría olfativa.
Debe incluir:
- Una descripción escrita del aroma, lo más objetiva posible.
- Un archivo o muestra física que contenga el olor (por ejemplo, una tira olfativa sellada).
- La clase Niza correspondiente al producto o servicio que identificará el aroma.
2. Examen de forma
El IMPI revisa que la documentación cumpla los requisitos formales, incluyendo la descripción, la clasificación y los datos del solicitante.
3. Examen de fondo
Se analiza si el aroma es realmente distintivo y no funcional, y si cumple con las condiciones legales para considerarse marca.
4. Resolución y publicación
Si el IMPI aprueba la solicitud, el aroma se publica en la Gaceta de la Propiedad Industrial y se otorga el título de registro, con una vigencia de 10 años, renovable indefinidamente.
¿Qué tan común es su aprobación?
Las marcas olfativas son extremadamente raras, incluso a nivel internacional.
En México, el IMPI todavía analiza cada caso con especial rigor, ya que el criterio de “representación objetiva” puede ser difícil de cumplir. Muchos intentos de registro no prosperan porque el solicitante no logra describir el aroma con suficiente precisión o porque el olor tiene una función práctica.
Por ello, contar con asesoría especializada es clave para evitar rechazos y asegurar que la solicitud cumpla con los requisitos técnicos y legales.
Dificultades comunes
Registrar un aroma no es tarea sencilla. Algunos de los principales obstáculos son:
- Representación gráfica: no existe un estándar universal para describir olores. Los métodos pueden variar entre descripciones verbales o análisis químicos, y el IMPI evalúa cada caso de forma individual.
- Demostrar distintividad: es necesario probar que el olor permite al consumidor asociarlo con un origen empresarial específico.
- Evitar lo funcional: aromas naturales o característicos del producto suelen rechazarse por no ser distintivos.
¿Vale la pena registrar un aroma como marca?
A pesar de su complejidad, las marcas olfativas ofrecen beneficios únicos para las empresas que buscan diferenciarse en mercados competitivos.
Ventajas principales:
- Ventaja sensorial: el olfato es uno de los sentidos más memorables. Un aroma distintivo puede generar lealtad emocional.
- Protección legal exclusiva: el registro otorga derechos exclusivos de uso del olor en la clase correspondiente.
- Valor de marca y marketing: permite integrar la identidad olfativa en campañas publicitarias y experiencias sensoriales.
Ejemplos inspiradores:
- En Estados Unidos, Hasbro registró el olor de su masa moldeable Play-Doh.
- En Europa, Verde registró un olor floral aplicado a llantas de automóviles.
Aunque son pocos los casos exitosos, representan una nueva era para el branding sensorial, donde las marcas no solo se ven o escuchan: también se huelen.
Conclusión
Las marcas olfativas son una de las formas más innovadoras y sofisticadas de propiedad industrial. Aunque su registro requiere precisión técnica y suele enfrentar obstáculos, ofrecen una oportunidad única para diferenciar productos a través del olfato y fortalecer la conexión emocional con los consumidores.
En un entorno cada vez más competitivo, proteger tu aroma distintivo puede convertirse en un verdadero activo intangible de tu negocio.
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